El lunes 5 de agosto, el Consejo Nacional
Electoral (CNE) dará inicio al proceso de postulación de los aspirantes a los
cargos de concejales y alcaldes que los venezolanos elegirán el próximo 8 de
diciembre.
El lapso será de cinco días, de acuerdo con lo
establecido en el cronograma electoral que indica será hasta el 9 de agosto
cuando se admitan las últimas postulaciones para este proceso electoral.
El 8 de diciembre se elegirán 2.792 cargos a
elegir, divididos entre 335 alcaldes o alcaldesas, un alcalde o alcaldesa
Metropolitana de Caracas y un alcalde o alcaldesa Distrital del Alto Apure y
2.455 concejales municipales.
Debido al alto número de cargos, se prevé que se
postulen al menos 40 mil ciudadanos a través de partidos políticos, grupos de
electores y electoras debidamente constituidos, por iniciativa propia o
comunidades indígenas organizadas.
Como en años anteriores, el proceso de solicitud
de postulación es automatizado. Las organizaciones con fines políticos
postulantes deben ingresar al sistema automatizado que el CNE habilita ante
cada proceso en la web cne.gov.ve.
Al entrar al sistema deben cargarse los
siguientes datos: Tipo de organización; nombre de la organización con fines
políticos; datos del postulado: cédula de identidad, apellidos, nombres y sexo;
y el nombre que desee aparezca en la boleta electoral. No se permiten apodos,
ni sobrenombres.
Al cumplir con este paso, el sistema arrojará una
planilla que ha de ser impresa por triplicado y consignada a la junta municipal
junto a los siguientes requisitos:
1. Identificación de la candidata o el candidato.
2. Datos de identificación de cómo la candidata o
el candidato aparecerá en la boleta electoral.
3. Datos del domicilio del postulante.
4. Aceptación de la postulación por parte de la
persona postulada.
5. Programa de gestión de la candidata o del
candidato, en físico y digital.
6. Autorización de los representantes legales de
las organizaciones con fines políticos que postulan.
7. Constancia de la selección de la candidata o
el candidato por parte de la organización con fines políticos.
8. Fotocopia de la cédula de identidad de la
candidata o el candidato postulado.
9. Constancia de inscripción en el Registro
Electoral de la postulada o el postulado.
10.Dos (2) fotografías en físico y digital, en el
formato y con las características que determine el Consejo Nacional Electoral,
de la candidata o el candidato.
AVN
por favor esos candidatos de una lista que anda por sotillo a consejales no que va juan navarro quien lo quiere nadie marcia silba invasora edf rosalinda, amarillis no la quienen si no en su casa ni siquiera en psuv, belisario trata mal a las bases no lo quieren ni en su comunidad, pura pinta buriel un muñequito pura figura, que comunidades ha visitadojulio morales ya estuvo 7 años que ha hecho,la indigena de pozuelos no la soportan ahora imaginese como consejal, donde estan los derechos de las bases pues porque de alli no salen los consejales pues
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