Durante la noche de ayer, sorpresivamente el Tribunal Supremo de
Justicia dictó la sentencia que recalcaría la pérdida de la investidura
de María Corina Machado como parlamentaria de la Asamblea Nacional.
La Sala Constitucional, en ponencia conjunta, interpretó el sentido y
alcance del artículo 191 de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, en lo que se refiere a la aceptación de una actividad de
representación (sea permanente o alterna),
indistintamente a su tiempo
de duración, ante un órgano internacional por parte de un Diputado o
Diputada a la Asamblea Nacional que está desempeñando su cargo durante
la vigencia del período para el cual fue electo, y su incompatibilidad
con dicha función legislativa, ello en función de la pérdida de la
investidura de la diputada María Corina Machado.
A continuación las bases de esta sentencia que es considerada por la
población como una violación a su voto durante las elecciones
parlamentarias de 2010.
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