Expediente Público.- No había pasado siquiera un mes desde que anunciamos la intervención que el gobierno nacional realizara en la Clínica Municipal Jesús de Nazareth de Puerto La Cruz, cuna política del actual alcalde oriundo de la población de Curataquiche, el médico Stalin Fuentes, y al parecer la olla podrida que allí se destapó es mucho más hedionda de lo que se pensaba al principio.
Trabajadores rompen el silencio.
En un nuevo comentario recibido desde "las propias entrañas del mounstruo" nos enteramos que en la Clínica Municipal Jesús de Nazareth ocurren "hechos terribles e indignantes"
como es -presuntamente, aunque nos consta, pues ya acudimos simulando ser pacientes - "poner a pagar a las pacientes las cesáreas por parte de los obstetras;
pagar por un certificado de salud; tanto mental y vial con el ambulatorio de
guanire".
"El gran negocio de la coordinadora de Historias Medicas (presuntamente Edit Gómez) es
triste ya que en esa clínica están para servirle al pueblo y lo que hacen es aprovecharte de los
cargos y confianza que se les da hasta donde son capaz de llegar."
Recordemos que hace un mes nos referimos al caso aluciendo que en guerra avisada no mueren
soldados, pero en el caso de la Directiva de la conocida Clínica Jesús de
Nazareth de Puerto La Cruz al parecer este dicho no aplica y es que desde el
pasado 13 Septiembre 2012, fue publicada en Gaceta Oficial 40.007 la designación
del nuevo equipo que tomó las riendas de esta
institución, en sustitución de la medico Elisany Sánchez, quien estuvo al
frente del centro asistencial por casi ocho años.
Los motivos que se pueden leer
directamente en está Gaceta Oficial serían, entre otros, los señalados en los artículos
7, 8 y 23 de la Ley Contra la Corrupción:
DE LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN Y SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO PÚBLICO
Artículo 6. En
la administración y custodia de los bienes y recursos públicos, las personas
señaladas en el artículo 2 de esta Ley se regirán por los principios de honestidad,
probidad, transparencia, participación, eficiencia, eficacia, legalidad, rendición
de cuentas, responsabilidad y corresponsabilidad, de forma que la utilización
de los bienes y el gasto e inversión de los recursos públicos se efectúe
conforme a la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ley y reglamentos.
Políticas públicas
Artículo 7. El
Estado deberá formular, implementar y evaluar políticas públicas educativas,
económicas, jurídicas, políticas, ambientales u otras que considere conveniente, con el
propósito de prevenir y combatir hechos o actos de corrupción.
ClÍNICA MUNICIPAL JESUS DE NAZARETH en terapia intensiva.