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martes, 6 de septiembre de 2011

Invasores de oficio pretenden apoderarse de terrenos del Casco Central porteño.

GRAFICA DE LOS INVASORES DE OFICIO, A LA DERECHA Y ENCERRADO EN UN CIRCULO ROJO APARECE ELIO "TUPAMARO" SILVA SALCEDO PROMOTOR DE INVACIONES EN TODO EL MUNICIPIO Y HERMANO DEL CONCEJAL "ELIO "MANAMANA" SILVA SALCEDO.
 Un pequeño grupo de personas, las mayorías pertenecientes a un sólo grupo familiar vinculado a un concejal de Puerto La Cruz, pretendieron en la mañana de hoy  apropiarse de forma ilegal de una parcela de terreno ubicada en las inmediaciones del Casco Central de Puerto La Cruz, en el cruce de la calle Guaraguao con Guamache, antigua sede de la empresa Puropan.
La denuncia fue interpuesta por vecinos del centro de la ciudad quienes están cansados de los abusos que vienen cometiendo este mismo grupo de desadaptados quienes por largo tiempo han pretendido despojar y adueñarse al estilo de Juan Charrasqueado de los ejidos de tan importante sector.
AL CENTRO DE LA FOTO ELIO "TUPAMARO"SILVA SALCEDO, AL LADO DE SU HERMANO EL CONCEJAL PORTEÑO. EN PRIMER PLANO EL SOCIO "CAPITALISTA" ING JOSE GUERRA, EX-DIRECTOR DE CATASTRO DE PUERTO LA CRUZ Y AHORA TESTAFERRO DE VARIOS LOMITOS DE LA CIUDAD.
AQUI SE OBSERVA A LOS HERMANOS INVASORES EN PLENA FAENA DE  SUS PLANES DE DOMINIO DE LOS EGIDOS PORTEÑOS.
Andrés Bolívar, vecino y miembro del Comité de Pobladores del centro denunció que una vez más la familia Silva-Salcedo-Briceño pretenden a la fuerza ocupar espacios que legalmente le pertenecen a grupos organizados, en este caso la pretensión es desalojar a VIVE TV y a los miembros de la Iglesia Cristiana-evangelica Shadday de los espacios que legalmente les pertenecen debido a los acuerdos de la Cámara Municipal, la misma a la cual pertenece el cabecilla de este grupo de invasores, el edil porteño Elio "Manamana" Silva Salcedo.

Los vecinos del casco central con documentos en mano demostraron que este triste concejal, guapetón de barrio, lo que pretende es "acomodar" a toda su familia embaucando para ello a quienes no poseen vivienda para que les apoyen en la toma del mencionado terreno cuando ya es de conocimiento público que el supuesto proyecto habitacional que ha venido promoviendo solo contempla a su familia y más allegados como lo demuestra el "listado prioritario" que acompaña la petición.
Historia. Recordemos que el concejal Elio "Manamana" Silva Salcedo y su hermano Elio "Tupamaro" Silva Salcedo han venido maniobrando para apoderarse de cuando terreno existe en esta parte de la ciudad para lo cual siempre han encontrado resistencia por parte de las familias honestas del centro.

Esta mafia, dirigida desde un senaculo de la Cámara Municipal contó en sus inicios con el apoyo del ingeniero José Guerra, ex-director de Catastro del ayuntamiento porteño y socio del concejal en una cooperativa llamada MONTESACRO que por años usufructuó el estacionamiento público del Paseo Colon, ubicado a la altura del pirata.
Esta banda organizada pretende ponerle las manos al terreno destinado para VIVE TV, el Templo Cristiano Shadday y otros proyectos socio-comunitarios para lo cual los vecinos del sector se oponen rotundamente y hacen un llamado a la Guardia Nacional para evitar este tipo de violaciones a la normativa legal vigente, puesto que estos terrenos poseen la documentación que acredita a sus legítimos propietarios.

LISTADO "PRIORITARIO" PRESENTADO POR LOS CABECILLAS DE LA INVACIÓN, DONDE VISIBLEMENTE SE OBSERVA EL PREDOMINIO DE LA FAMILIA SILVA-SALCEDO-BRICEÑO

lunes, 21 de marzo de 2011

FUNDACOMUNAL-ANZOATEGUI PISOTEA LEY ORGANICA AVALANDO FRAUDE COMUNAL

DR. CESAR CASTELLANO DENUNCIANDO EL NUEVO ATROPEYO
Nuevamente la FUNDACOMUNAL-ANZOATEGUI y los delincuentes que la dirigen (RECUERDEN QUE LA MAYORIA SE HAN ENRIQUESIDO DE LA NOCHE A LA MAÑANA) han pisoteado la dignidad de la comunidad de nuetro estado, esta vez al DESAPARECER DEL MAPA a dos consejos comunales que existen desde el año 2006 y que harora fueron dejados sin ambito para complacer al consejal moribundo en periodo de gracia, ELIO ANTONIO SILVA SALCEDO conla inscripción de un parapeto llamado:            LA CRUZ Y EL MAL.



Los ciudadanos y ciudadanas, habitantes del Casco Central  2 Y 3 de Puerto La Cruz, reiteraron el RECHAZO ABSOLUTO a las pretensiones de estos funcionarios de FUNDACOMUNAL-ANZOATEGUI, encabezados por SAUL GOMEZ, YAJAIRA SOLORZANO Y JOSE LUIS HERNANDEZ, quienes intentan IMPONER SOBRE LOS AMBITOS PRE-EXISTENTES EN LOS CASCOS CENTRALES 1, 2 Y 3,  un supuesto consejo denominado:  “La Cruz y El Mar”, identificado con el código de registro número: 03-08-01-001-0051, el cual pretende USURPAR nuestros ámbitos territoriales legítimos que desde octubre de 2006 fueron definidos de acuerdo a la ley, aprobados en Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas, OPORTUNAMENTE REGRISTRADOS ANTE FUNDACOMUNAL, según consta en la documentación sellada y refrendada por dicha institución; por lo que solicitamos LA INTERVENCIÓN E INTERPELACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS DE FUNDACOMUNAL-ANZOATEGUI  involucrados en esta flagrante ilegalidad, de manera que se realicen los correctivos respectivos.
AMBITOS COMUNITARIOS DEL CASCO CENTRAL PORTEÑO HASTA EL 2010

AHORA SEGUN LO QUE PRETENDE FUNDACOMUNAL-ANZOATEGUI SE "EVAPORAN" DOS COMUNALES PARA DAR PASO AL COMUNAL FAMILIAR DE LOS SEÑORES SILVA-SALCEDO-BRICEÑO Y VINCENZI





LIC. MARITZA SALAVERRIA DEL CASCO CENTRAL 2, VICTIMA DEL FRAUDE AUSPICIADO POR SAUIL GOMEZ Y SUS FUNCIONARIOS DE FUNDACOMUNAL-ANZOATEGUI


Una vez más le reiteramos que, de acuerdo al Artículo 18, como motivación para abstenerse a registrar un nuevo consejo comunal y citamos:
Abstención del registro:
“El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de participación ciudadana, únicamente podrá abstenerse del registro de un consejo comunal en los siguientes casos:
1. Cuando tenga por objeto finalidades distintas a las previstas en la presente Ley.
2. Si el consejo comunal no se ha constituido con la determinación exacta del ámbito geográfico o si dentro de éste ya existiere registrado un consejo comunal.


Como si fuese poco, el nuevo formato para el registro del Consejo Comunal ante Fundacomunal, establece en su CLÁUSULA SEXTA:  AMBITO GEOGRAFICO: El Consejo Comunal que ocupa un ámbito geográfico comprendido dentro de los siguientes linderos.... los cuales se ratifican en Asamblea Constitutiva Comunitaria, NO PUDIENDO ESTABLECERSE LA CONSTITUCIÓN DE OTRO CONSEJO COMUNAL DENTRO DEL RESPECTIVO ÁMBITO GEOGRÁFICO


PARTE DEL INFORME CON 32 IRREGULARIDADES DETECTADAS UNICAMENTE EN EL PROCESO DE VOTACION 8SIN HABER REVISADO AUN LA DATA DE LOS VOTANTES). 

   REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CONTRALORIAS SOCIALES DE LOS  CONSEJOS  COMUNALES
 DEL CASCO CENTRAL II y III
Puerto La Cruz- Edo. Anzoátegui

IRREGULARIDADES DETECTADAS EN PROCESO FRAUDULENTO ELECCIONARIO DEL CONSEJO COMUNAL LA CRUZ Y EL MAR

  1. SE ELIGE UN AMBITO TERRITORIAL QUE CONTIENE DENTRO DE SUS LIMITES A DOS CONSEJOS COMUNALES YA EXISTENTES DESDE EL AÑO 2006. (VIOLACION DEL ARTICULO 18 NUMERAL 2 DE LA LEY ORGANICA DE LOS CONSEJOS COMUNALES.)

  1. SE REGISTRARON DOS (02) COMISIONES ELECTORALES PERMANENTES EN LA MISMA FECHA PERO CON VOCEROS DIFERENTES. (VIOLACION DE LA LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMATICOS, ARTICULO 14)

  1. INCORPORACION COMO CANDIDATA A LA CIUDADANA ROSANA VINCENZI, C.I.: V-17.411.546, COMO VOCERA DE AMBIENTE MIENTRAS QUE ELLA FORMA PARTE DE LA COMISION ELECTORAL PERMANENTE DEL CASCO CENTRAL III, INSCRITA BAJO EL NUMERO 1353.

  1. LA MISMA VOCERA ROSANA VINCENZI, C.I.: V-17.411.546 POSEE GRADO DE PARENTESCO EN PRIMER GRADO (HERMANA) CON LA VOCERA DEL ORGANO FINANCIERO DANIELA VINCENZI, C.I.:V-17.411.540, LO CUAL ES (VIOLACION DEL ARTICULO 15, NUMERAL 8, DE LA LEY ORGANICA DE LOS CONSEJOS COMUNALES, SOBRE REQUISITOS PARA POSTULARSE A VOCERO O VOCERA.)
  
ASI MISMO ENCONTRAMOS LOS SIGUIENTES GRUPOS FAMILIARES EN EL TARJETON:


  1. ELIO SILVA – ELIO SALCEDO  (HERMANOS)
  2. ELEAZAR BRICEÑO SILVA – CARMEN BRICEÑO SILVA (HERMANOS Y SOBRINOS DE LOS ANTERIORES)
  3. CARLOS AVILA –CARLOS AVILA (HERMANOS)
VOCEROS Y VOCERAS QUE NO PERTENECEN AL AMBITO TERRITORIAL:

  1. JOSE GUERRA (VOCERO FINANCIERO)
  2. MANUEL LOPENZA (VOCERO DE VIVIENDA)
  3. ELIO SILVA (VOCERO DE SERVICIOS)
  4. JULIAN BLANCO (VOCERO DE ECONOMIA)
  5. YANETH MEJIAS (VOCERA DE EDUCACION)
  6. CARLOS SALAZAR (CONTRALORIA SOCIAL)
  7. RAFAEL ROMERO (CONTRALORIA SOCIAL)

POSTULACIONES A CONTRALORIA SOCIAL Y UNIDAD FINANCIERA:

SE OBSERVA OTRA GRAVE IRREGULARIDAD EN EL TARJETON ELECTORAL EN LAS POSTULACIONES A LA UNIDAD ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Y LA CONTRALORIA SOCIAL EN LOS CUALES SOLO SE POSTULARON SEIS VOCEROS, QUEDANDO SIN SUPLENTES CADA UNO DE ELLOS. (VIOLACION DEL ARTICULO 16, NUMERAL 5, SOBRE EL REGISTRO DEL ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO COMUNAL)

Ante esta grave situación, donde a través del fraude electoral se pretende desaparecer dos consejos comunales del CASCO Central de Puerto La Cruz, los ciudadanos del centro porteño nos preguntamos: ¿Cómo FUNDACOMUNAL-ANZOATEGUI permitió el registro de este Consejo Comunal fraudulento?

Registro de los consejos comunales
Artículo 17. Los consejos comunales constituidos y organizados conforme a la presente Ley, adquieren su personalidad  jurídica mediante el registro ante el  ministerio del Poder Popular con competencia en materia  de participación ciudadana, atendiendo al siguiente procedimiento.

3- Si el funcionario o funcionaria encontrare alguna deficiencia, lo comunicará a los o las solicitantes, quienes gozarán de un lapso de treinta días para corregirla. Subsanada la falta, el funcionario o funcionaria del ministerio del poder popular con competencia en materia de participación ciudadana procederá al registro.

4- Si los interesados o interesadas no subsanan la falta en el lapso señalado en este artículo, el ministerio del poder popular con competencia en materia de participación ciudadana se abstendrá de registrar al consejo comunal.

 5- Contra la decisión del Ministerio del Poder Popular con  competencia en  materia de participación ciudadana, podrá interponerse el recurso jerárquico correspondiente de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, con  lo cual queda agotada la vía administrativa. Los actos administrativos dictados por el ministerio del poder popular con competencia en materia de participación ciudadana podrán ser recurridos ante la jurisdicción contencioso-administrativa.



PRESIDENTE CHAVEZ, PONGA ORDEN EN LA PEA
¡VIVA EL PUEBLO, CARCEL PARA SAUL GOMEZ Y ELIO SILVA!