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miércoles, 12 de junio de 2013

Abogado denuncia "anomalías" ante exigencia del carnet de inpreabogados

Desde hace tiempo por razones de enfermedad y de edad, deje el ejercicio profesional como abogado, sin embargo, tuve que asistir a una amiga en un tribunal a estampar una diligencia, allí, me exigieron que mostrara EL CARNET DEL INPREABOGADO como identificación que demostrara o acreditara mi condición o carácter de abogado. Como hace tiempo que extravíe mis documentos personales, entre ellos tal “carnet”, y por  no considerarlo necesario, no renové tal credencial. Al respecto le informé a quien me lo exigía que no lo tenia, pero que como abogado perteneciente a una corporación que agremia a los profesionales del derecho, al igual que todos los colegiados en las distintas profesiones existentes en país, la identificación de los miembros colegiados debería ser por la credencial que para tal fin expide el respectivo colegio, en el caso de los abogados, pues, la identificación como tales tenia que ser con la CREDENCIAL que al efecto expide cada uno de los Colegio de Abogados de cualesquiera de los estados de la Republica, como entes que por ley tienen tal atribución, como claramente lo especifica el Ordinal 9º. del articulo 41 de la Ley de Abogados,  y no con la tarjeta de afiliación al sistema de previsión social que expide el Inpreabogado.